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Para exportadores de alimentos mexicanos

ES Exporta alimentos de España a EE. UU.

Cumplimiento con la FDA, FSVP, evaluación de Importador de Registro (IOR) y asistencia integral para el acceso al mercado estadounidense. Ya sea fabricante de alimentos, exportador, empresa comercializadora o propietario de una marca en España, ClearPath puede ayudarle a preparar sus productos para ingresar al mercado estadounidense y reducir el riesgo de demoras, retenciones o problemas regulatorios.

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  • Requisitos de FDA y USDA
  • Obligaciones del importador
  • Exposición arancelaria
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Ofrecemos servicios especializados para cada tipo de cliente en la industria alimentaria de España

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Fabricantes de Alimentos

Producen sus propios productos y desean venderlos directamente en el mercado de EE. UU.

📦

Exportadores y Comercializadoras

Ayudan a marcas mexicanas a llegar a distribuidores y canales minoristas de EE. UU.

🛒

Propietarios de Marca

Desean introducir sus productos de marca propia en el mercado de EE. UU.

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Importadores de EE. UU.

Necesitan un socio de cumplimiento confiable para gestionar el cumplimiento de proveedores mexicanos.

Exportar a EE. UU. no tiene que ser complicado

Comprenda toda la ruta de cumplimiento, desde una instalación en España hasta el mercado de EE. UU.

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Instalación en España
Registro FDA
Revisión de Producto
Revisión de Etiqueta
Importador en EE. UU.
FSVP
Agente Aduanal
🇺🇸
Entrada a EE. UU.
Importación Exitosa

✓ Pasos que ClearPath gestiona por usted

Cómo ayuda ClearPath

Desde el registro hasta el despacho aduanero, estamos con usted en cada paso del camino

Registro de instalaciones ante la FDA

Registre su instalación de producción ante la FDA de EE. UU. Bajo la FSMA, todas las instalaciones extranjeras que exportan alimentos a EE. UU. deben registrarse ante la FDA y renovar su registro durante cada periodo de renovación bienal aplicable.

Conozca más →

Cumplimiento FSVP

Asegúrese de que su importador en EE. UU. cumpla con los requisitos del Programa de Verificación de Proveedores Extranjeros (FSVP). Este es uno de los principales requisitos federales aplicables a los alimentos importados regulados por la FDA.

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Agente en EE. UU.

Toda instalación registrada ante la FDA fuera de EE. UU. debe designar un agente ubicado en Estados Unidos. Nos encargamos de esto por usted a través de nuestra entidad afiliada en EE. UU., que actúa como su Agente en EE. UU. designado.

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Evaluación de Importador de Registro (IOR)

¿No tiene una empresa en EE. UU.? No hay problema. Le ayudamos a determinar la estructura adecuada de Importador de Registro (IOR) y FSVP para sus envíos, y coordinamos con profesionales aduaneros con licencia. ClearPath no actúa como Importador de Registro.

Ver precios →

Revisión de etiquetas de alimentos

Revisamos las etiquetas antes del envío para garantizar el cumplimiento con la FDA. Verificamos declaraciones obligatorias, etiquetado de alérgenos, formato de la tabla nutricional, declaración de cantidad neta e información de país de origen, ayudándole a evitar retenciones de envío por problemas de etiquetado.

Conozca más →

Coordinación Aduanera

Trabajamos directamente con agentes aduanales licenciados y confiables para reducir demoras en el despacho. Coordinamos con agentes aduanales autorizados la documentación de entrada ante CBP, el ISF, cuando corresponda, y el Aviso Previo de la FDA, garantizando que su mercancía ingrese a EE. UU. sin contratiempos.

Conozca más →

Productos mexicanos con los que trabajamos

Desde aceite de oliva hasta vino, conocemos cada categoría de producto exportado de España a EE. UU.

🫒Aceite de Oliva
🍷Vino y Cava
🥓Jamón Ibérico y Embutidos
🧀Quesos
🫙Aceitunas de Mesa
🥫Conservas de Pescado
🌾Azafrán y Especias
🍬Turrón y Dulces
🦐Mariscos
🍞Productos de Panadería
🌰Frutos Secos y Almendras
🍯Miel
🍫Chocolate
🍅Conservas Vegetales

Desafíos Comunes que Resolvemos

Estos son los obstáculos más comunes que enfrentan los exportadores mexicanos al ingresar al mercado de EE. UU.

Sin Importador FSVP
Mercancía Detenida por la FDA
Etiquetado No Conforme
Registro FDA Vencido
Problemas de Documentación Aduanera
Importador No Entiende los Requisitos de la FDA
Sin Agente en EE. UU.
Clasificación de Producto Incierta

Consideraciones especiales para exportadores mexicanos

A diferencia de México, España no cuenta con un tratado de libre comercio bilateral con EE. UU. — como miembro de la UE, España comercia bajo los términos del acuerdo comercial UE-EE. UU. vigente desde el 1 de julio de 2026, que establece un arancel general del 15% sobre la mayoría de los productos europeos (sin acumulación con otros aranceles, cuando la tasa NMF ya sea del 15% o más). El aceite de oliva español paga actualmente este 15% plano. Las aceitunas de mesa están sujetas además a derechos antidumping históricos independientes de este acuerdo general — su agente aduanal debe confirmar la tasa vigente para su producto específico, ya que estas cifras han cambiado varias veces desde 2018 y continúan bajo disputa en la OMC.

El FSVP aplica de forma estándar a la mayoría de alimentos regulados por la FDA provenientes de España (aceite de oliva, vino, quesos, conservas, embutidos). A diferencia de los envíos terrestres, los envíos marítimos desde España requieren la presentación del Aviso Previo (Prior Notice) de la FDA con al menos 8 horas de anticipación a la llegada del buque a puerto estadounidense — para envíos aéreos, el mínimo es de 4 horas. Presentaciones tardías o incompletas son la causa principal de retenciones de CBP en envíos que de otro modo cumplen la normativa.

Los embutidos y jamones curados (como el jamón ibérico) que contienen carne de cerdo se regulan por separado bajo USDA-FSIS — no por la FDA — por lo que el FSVP no aplica a estos productos; en su lugar, la instalación española debe figurar en la lista de establecimientos elegibles de FSIS. Las conservas de pescado y vegetales acidificados o de baja acidez (como aceitunas o pimientos en conserva) requieren además registro FCE y presentación del proceso programado (SID) ante la FDA antes de la exportación.

La política arancelaria y comercial puede cambiar. Esta información está vigente a julio de 2026 — confirme las tarifas y requisitos actuales con USTR, CBP, USDA-APHIS o ClearPath antes de exportar.

Por Qué los Exportadores Españoles Eligen ClearPath

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Equipo Experto en Cumplimiento de Importación con Base en EE. UU.
Asesores Certificados PCQI
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Atendemos a Exportadores de Todo el Mundo
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Soporte de Importación de Principio a Fin

La Diferencia Con y Sin ClearPath

Sin ClearPath Con ClearPath
Necesita coordinar múltiples consultoresUn solo punto de contacto para coordinar el proceso
Requisitos de la FDA poco clarosOrientación clara paso a paso
Proceso aduanero inciertoCoordinación con agentes aduanales profesionales
Requisitos de FSVP confusosAsistencia integral de cumplimiento
Mayor riesgo de demoras en el envíoDocumentación preparada antes del envío

Preguntas frecuentes de exportadores de alimentos mexicanos

Sí, para la mayoría de categorías de productos. Bajo la Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria (FSMA), las instalaciones extranjeras que fabrican, procesan, empacan o almacenan alimentos para exportar a EE. UU. deben registrarse ante la FDA y renovar el registro entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de cada año par. La carne de res, cordero y ciertos productos de huevo regulados por USDA-FSIS siguen una vía separada de elegibilidad de establecimiento en lugar del registro ante la FDA.
El Programa de Verificación de Proveedores Extranjeros (FSVP) es un requisito obligatorio de la FSMA para alimentos regulados por la FDA importados a EE. UU. — cubre la mayoría de frutas, verduras, mariscos, productos empacados e ingredientes especiales mexicanos. Su importador en EE. UU. debe verificar que el proveedor mexicano cuente con medidas de inocuidad alimentaria adecuadas. Para envíos por cruce terrestre, el Aviso Previo debe presentarse al menos dos horas antes de la llegada del camión. El FSVP no aplica a la carne de res, cordero u otros productos cárnicos regulados por USDA-FSIS.
Ayudamos a evaluar la estructura adecuada de Importador de Registro (IOR) y FSVP para sus envíos, y coordinamos con profesionales aduaneros con licencia. ClearPath no actúa como Importador de Registro. Las tarifas de la evaluación se cotizan según el volumen de carga y el tamaño del contenedor.
Sí. Las etiquetas mexicanas preparadas conforme a la NOM-051 para el mercado nacional no cumplen automáticamente los requisitos de EE. UU. — el formato de la tabla nutricional es distinto, y el ajonjolí (sésamo) es ahora un alérgeno mayor bajo la Ley FASTER. Revisamos declaraciones obligatorias, etiquetado de alérgenos, formato de la tabla nutricional, cantidad neta en unidades de EE. UU. y métricas, e información de país de origen antes del envío.
Sí. Trabajamos con agentes aduanales licenciados en EE. UU. con experiencia en envíos marítimos y aéreos de alimentos europeos, y podemos ponerlo en contacto con ellos. El agente aduanal gestiona la declaración de entrada ante CBP y el Aviso Previo antes de la llegada del envío, lo cual es independiente del trabajo de documentación de cumplimiento de ClearPath.
Sí. ClearPath puede trabajar directamente con su instalación en España para completar el registro ante la FDA (o la inclusión en la lista de establecimientos FSIS para productos cárnicos como el jamón ibérico), revisar la documentación del producto, y brindar orientación sobre los requisitos de cumplimiento de inocuidad alimentaria en cada etapa del proceso.
Sí, siempre que su etiquetado cumpla los requisitos de la FDA, su instalación haya completado el registro ante la FDA (o la lista FSIS para carne), y su importador en EE. UU. haya establecido los procedimientos de cumplimiento del FSVP. Cuando el propietario de la marca también opera la instalación extranjera registrada, deberá designar un agente ubicado en Estados Unidos para las comunicaciones con la FDA.
El proceso completo suele tomar entre cuatro y ocho semanas, incluyendo el registro de instalación ante la FDA, la preparación del plan FSVP, la constitución de una entidad en EE. UU. (si se requiere), y la contratación de un agente aduanal. El registro de instalación ante la FDA en sí normalmente se completa en 48-72 horas. Si su envío está próximo a salir o llegar a Estados Unidos, contáctenos de inmediato — podemos agilizar casos urgentes.

¿Listo para exportar sus productos a EE. UU.?

Nuestro equipo revisará sus productos, aclarará los requisitos de importación de EE. UU. y le brindará orientación experta en cada paso del proceso.

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